Como ya informamos hace unos meses, el complemento a la jubilación que se concede a las mujeres que habían sido madres también se les otorga a los hombres jubilados que cumplan con los requisitos.
Desde el año 2016, este complemento procuraba equiparar la desigualdad salarial en la pensión de jubilación que tenían las mujeres respecto a los hombres teniendo en cuenta que muchas mujeres habían renunciado a prosperar en el trabajo por dedicar más tiempo al cuidado familiar. Sin embargo, una sentencia de 2019 estableció el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres, estableciendo que este complemento también podía ser para los padres jubilados que cumplieran con los requisitos.
El Tribunal Supremo establece que el complemento de maternidad para hombres debe aplicarse con efectos retroactivos.
Tras la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea en 2019, aquellos hombres que se habían jubilado desde 2016 a 2019 quedaban en un limbo administrativo y eran ellos quienes debían reclamar este complemento en caso de cumplir con los requisitos establecidos.
Sin embargo, una nueva sentencia del Tribunal Supremo establece que este complemento de maternidad debe aplicarse con efectos retroactivos, sin que ellos tengan que reclamarlo. Esto no quiere decir que todos los hombres jubilados que hayan sido padres tengan derecho a la prestación, sino que deben demostrar que dedicaron tiempo de su vida laboral al cuidado de los hijos, entre otras cosas.En cualquier caso, supone un avance para todos los expedientes que se habían quedado en el limbo. En Ravelo Asesoría podemos ayudarte a gestionar tu caso, así como valorar si realmente se cumplen con los requisitos establecidos. Si necesitas una asesoría de confianza, no dudes en contactarnos.